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Gestión Humana y
Desarrollo Organizacional

Este proceso está contemplado para las y los empleados Trans, es decir, aquellas personas cuya identidad de género no corresponde con la clasificación sexual o sexo asignado. El nombre identitario responde al proceso de construcción de la identidad de la persona, que lo lleva a adoptar un nombre que lo/a identifique y respecto del cual puede elegir libremente; para ello no es necesario que haya transcurrido un proceso de tránsito a través de una cirugía o que haya realizado la modificación de sus nombres formalmente a través de un proceso legal.

En ese sentido, el cambio de nombre solo se verá reflejado en los sistemas internos de la Universidad y no en los documentos oficiales que emite la instrucción, en los cuales estamos obligados a señalar el nombre registrado en su documento de identidad legal.

Pasos para hacer la solicitud:

2. Gestión Humana coordinará con la DSIT para gestionar los cambios necesarios en los sistemas internos, en un término de cinco (5) días hábiles.

3. La DSIT informará a través de correo electrónico al(a) solicitante cuando se haya modificado su nombre en las plataformas del correo electrónico y Bloque Neón.

Preguntas frecuentes 


1. ¿Tiene igual significado el nombre identitario y el nombre preferido?

No. El nombre preferido hace referencia a cuando una persona prefiere uno de los nombres que legalmente están registrados en su documento de identificación legal y por lo tanto solicita a la DSIT no se visualice en su información el nombre que no es de su agrado. El nombre identitario es corresponde a la construcción de la identidad de las personas Trans, es decir, aquellas personas cuya identidad de género no corresponde con la clasificación sexual o sexo asignado

2. ¿Cómo se prueba que una persona es Trans?

Una persona se reconoce como Trans, si se identifica de esta forma. A nadie se le puede exigir prueba distinta a su autorreconocimiento. No es posible exigir diagnósticos médicos, ni pruebas quirúrgicas, entre otros aspectos.

3. ¿Cómo realizar el cambio de nombre en los documentos legales?

Ante un notario público, deberá aportar copia de la cédula de ciudadanía y copia simple del registro civil de nacimiento, posteriormente se suscribe una escritura publica en la cual queda registrado el cambio de nombre.

Una vez obtenida la escritura pública debe acudir a la registraduría donde está el registro civil de nacimiento inicial, para solicitar que se genere un nuevo registro con el nombre actual y las anotaciones del cambio, inclusive, puede modificarse el componente de sexo

Equipo de apoyo


Sandra Orozco

Asesoría Legal

Ext 4866